Última actualización: Octubre 2024

Estos términos y condiciones se aplican a las transacciones comerciales entre Wahl Clipper Corporation, una corporación de Illinois ubicada en 2900 Locust Street, Sterling, Illinois, EE.UU., y sus filiales y proveedores.

Las siguientes entidades son filiales de Wahl Clipper Corporation:
Wahl GmbH, Villinger Straße 4, 78112 St. Georgen,Alemania;
Wahl UK Ltd, Sterling House, Clipper Close , Ramsgate, CT12 5GG, Reino Unido;
Wahl Australia Pty Ltd, 70 Dulacca Street, Acacia Ridge, QLD, 4110, Australia;
Wahl Clipper Pty Ltd., 79 Boeing Road East, Bedfordview, Gauteng 2007, Sudáfrica.

Wahl Clipper Corporation y sus filiales no serán responsables como deudores solidarios. Cada entidad realizará pedidos de compra de forma independiente con el Vendedor en los términos y condiciones establecidos en este acuerdo, operando por cuenta propia.

Wahl Clipper Corporation y sus filiales se denominan en este documento la "Empresa".

1. Pedido y entrega

El Vendedor se compromete a vender a la Empresa cantidades de bienes o servicios (la "Mercancía") designados en la orden de compra a los precios especificados en la misma y a entregar los mismos en las fechas de entrega especificadas en la misma. El tiempo será esencial en este contrato y el Vendedor se compromete a respetar estrictamente las fechas de entrega especificadas en el mismo. El envío debe ser igual a la cantidad exacta pedida, a menos que la Empresa acuerde otra cosa. Cualquier pérdida que se produzca por desviarse de las instrucciones de envío de la Empresa se cargará a la cuenta del Vendedor.

2. Aceptación, modificación, etc.

Al enviar la Mercancía o al acusar recibo de este pedido, el Vendedor expresa su asentimiento y aceptación de los términos y condiciones aquí establecidos. Estos términos y condiciones constituyen una oferta por parte de la Empresa y esta oferta sólo podrá ser aceptada en estos términos y condiciones exactos. No se aceptarán términos o modificaciones adicionales o contradictorios. Estos términos y condiciones sustituyen a los términos y condiciones del formulario de acuse de recibo del Vendedor, y por la presente se rechaza cualquier término o modificación adicional o contradictorio establecido en el acuse de recibo del Vendedor.

3. Garantías sobre la mercancía

El Vendedor garantiza que toda la Mercancía entregada en virtud del presente documento está libre de defectos de material o mano de obra, ocultos o aparentes, y que se ajusta estrictamente a las especificaciones, planos o muestras especificados o suministrados. Esta garantía subsistirá, incluso en caso de defectos aparentes, a cualquier inspección, entrega, aceptación o pago de la Mercancía por parte de la Empresa. En caso de defecto, oculto o aparente, en la mano de obra o en los materiales de la Mercancía, el Vendedor será responsable de todos y cada uno de los gastos en que incurra la Empresa o sus filiales al emprender cualquier actividad para determinar si existe tal defecto, incluidos los gastos de campañas de retirada, consultas a concesionarios, distribuidores y usuarios, y pruebas y análisis. En caso de que exista tal defecto, oculto o aparente, en la mano de obra o en los materiales de la Mercancía, el Vendedor tendrá, además de cualquier otra garantía aplicable a la Mercancía, la responsabilidad de reparar o sustituir, por cuenta del Vendedor, toda la Mercancía defectuosa en cualquier momento vendida a la Empresa, y el Vendedor será responsable de todos y cada uno de los costes de mano de obra y transporte incurridos en la reparación o sustitución de dicha Mercancía defectuosa.

4. Indemnización de la Empresa por el Vendedor

El Vendedor se compromete a indemnizar, defender y eximir de responsabilidad a la Empresa, sus filiales, aseguradoras, agentes, directivos, directores, empleados, sucesores y cesionarios, frente a todas las pérdidas, reclamaciones, daños, responsabilidades, costes y gastos (incluida la cantidad total pagada en concepto de liquidación razonable de cualquier acción, pleito, procedimiento o reclamación) en los que la Empresa pueda incurrir o de los que la Empresa pueda llegar a ser responsable o a causa de cualquier reclamación, acción o procedimiento iniciado contra la Empresa reclamando daños monetarios o cualquier otra forma de reparación: (a) en virtud de cualquier ley, o de otro modo, incluidas, entre otras, las reclamaciones, acciones o procedimientos que pretendan basarse en negligencia, incumplimiento de contrato, incumplimiento de garantía o responsabilidad objetiva extracontractual, en la medida en que dichas reclamaciones, acciones o procedimientos surjan o se alegue que surgen de cualquier defecto o supuesto defecto de la Mercancía, o de la naturaleza del material contenido en la Mercancía, o de cualquier comisión u omisión real o supuesta del Vendedor o de cualquiera de sus empleados o agentes en relación con la Mercancía; (b) basada o derivada de cualquier invasión real o supuesta, o infracción por parte de la Mercancía o del Vendedor, sus agentes o empleados, de cualquier patente, marca comercial, derecho de autor, derecho a la intimidad o cualquier otro derecho personal o de propiedad tangible o intangible; o (c) basada o derivada de cualquier infracción real o supuesta por parte de la Mercancía o del Vendedor, sus agentes o sus empleados de cualquier estatuto, ordenanza, orden administrativa, norma o reglamento; y, en caso de cualquier acción, pleito o procedimiento, que en cualquier momento se inicie contra la Empresa por razón de cualquiera de dichas reclamaciones, el Vendedor, si la Empresa así lo solicita, resistirá y defenderá dicha acción, pleito o procedimiento a expensas exclusivas del Vendedor por medio de un abogado acreditado.

5. Seguro

El Vendedor deberá obtener y mantener una póliza de seguro de responsabilidad civil general con respecto a la Mercancía con un endoso que nombre a la Empresa y a sus filiales como asegurados adicionales, incluida la Responsabilidad por Productos/Operaciones Completas. El territorio de cobertura debe ser mundial y no limitarse a demandas o reclamaciones presentadas en Estados Unidos, sus territorios y posesiones, Puerto Rico y Canadá. El seguro de responsabilidad civil general deberá satisfacer los límites mínimos por suceso especificados en la Tabla 1.

Tabla 1 Requisitos del seguro de responsabilidad civil general

Tipo de proveedor Seguro de responsabilidad civil obligatorio
Inventario directo $5,000,000
Mantenimiento Indirecto, Reparación, Operaciones (MRO) $1,000,000
Servicio no informático (limpieza, etc.) $1,000,000
Servicio informático $5,000,000
Indirectos de una sola vez (herramientas, máquinas pequeñas, etc.) $1,000,000
Directo de una sola vez (equipos de automatización, etc.) $5,000,000

Todas las pólizas de seguro proporcionadas de conformidad con esta disposición se suscribirán como pólizas primarias, no contribuyentes y no en exceso de la cobertura del seguro de la Compañía. La aseguradora del Vendedor renunciará a sus derechos de subrogación contra la Empresa. El Vendedor proporcionará a la Empresa un certificado de seguro actualizado que muestre la cobertura exigida en este párrafo. La Empresa se reserva el derecho a revisar las copias certificadas de todas y cada una de las pólizas de seguro a las que sea aplicable este párrafo. La cobertura exigida por este párrafo no podrá modificarse ni rescindirse sin notificarlo por escrito a la Empresa con al menos 30 días de antelación.

6. Inspección y rechazo

La inspección final de la Mercancía se realizará en las instalaciones de la Empresa, a menos que se acuerde lo contrario por escrito. Se considerará que la Empresa ha aceptado la Mercancía sólo después de que haya tenido lugar la inspección final. La Mercancía rechazada por no ajustarse a la orden de compra será devuelta por cuenta del Vendedor, incluidos los gastos de transporte y manipulación. Cualquier inspección, prueba u otra evaluación por parte de la Empresa no destruirá, calificará ni afectará en modo alguno a ninguna de las garantías expresas o implícitas del Vendedor en virtud del presente contrato o de cualquier otro.

7. Riesgo de pérdida

El Vendedor asume los siguientes riesgos, además de otros riesgos que el Vendedor asuma por ley: (a) todos los riesgos de pérdida o daño de la Mercancía hasta que se entregue físicamente y se entregue correctamente a la Empresa; (b) en caso de que la Mercancía sea rechazada por la Empresa tras la inspección final, se considerará que todos los riesgos de pérdida o daño han recaído en el Vendedor desde el principio.

8. Herramientas

A menos que las partes acuerden lo contrario por escrito, todas las herramientas, matrices, moldes y elementos similares (en lo sucesivo denominados "Utillaje") necesarios para la fabricación de la Mercancía serán suministrados y mantenidos por el Vendedor a expensas de éste. En caso de que el Utillaje sea suministrado por la Empresa o a expensas de ésta, dicho Utillaje será y seguirá siendo propiedad de la Empresa y será devuelto a la Empresa a petición de ésta y a sus expensas; no obstante, el Vendedor será responsable de cualquier pérdida, daño o destrucción del Utillaje mientras se encuentre bajo la custodia o posesión del Vendedor, excepto cuando sea atribuible al desgaste normal; siempre que, además, el Vendedor indemnice y exima en todo momento a la Empresa, sus aseguradores, agentes, directivos, directores, empleados, sucesores y cesionarios de toda pérdida, reclamación, daño, responsabilidad, coste y gasto, así como de la cantidad total pagada en concepto de liquidación razonable de cualquier acción, pleito, procedimiento o reclamación en que pueda incurrir la Empresa o de la que ésta pueda resultar responsable o a cuenta de cualquier reclamación, acción o procedimiento entablado contra la Empresa reclamando daños y perjuicios monetarios o cualquier otra forma de compensación en virtud de cualquier ley o de otro modo, incluidas, entre otras, las reclamaciones, acciones o procedimientos que pretendan basarse en negligencia, incumplimiento de contrato, incumplimiento de garantía o responsabilidad extracontractual estricta, en la medida en que dichas reclamaciones, acciones o procedimientos surjan o se alegue que surgen del uso o manipulación real o supuesta del Utillaje mientras el Utillaje está bajo la custodia o posesión del Vendedor.

9. Precio de los impuestos

Los precios indicados en la orden de compra constituirán la contraprestación íntegra al Vendedor por la Mercancía, su empaquetado, embalaje y demás envoltorios, así como por todas las garantías y demás, a menos que se especifique lo contrario en la misma, y no se cobrará ningún otro cargo por ello. Se considerará que los precios indicados incluyen todos los impuestos federales, estatales y locales vigentes en la fecha de este pedido de los que el Vendedor no pueda obtener exención, y el importe de cualquiera de dichos impuestos se indicará por separado en la factura del Vendedor. En caso de nuevos impuestos o de aumento de los tipos impositivos, o de derogación de impuestos o reducción de los tipos impositivos, el precio del contrato se ajustará en consecuencia. El precio del Vendedor no será superior al último cotizado o cobrado a la Empresa, a menos que se acuerde lo contrario por escrito. El Vendedor garantiza que los precios indicados en la orden de compra no superan el precio legal más bajo del Vendedor a cualquier otro cliente de la misma clase en vigor en la fecha de entrega para artículos y cantidades similares. Cuando no se indique ningún precio en la orden de compra para cualquier artículo de la Mercancía, la orden no deberá cumplimentarse a precios más altos que el último cotizado o (si es posterior) el último cobrado a la Empresa, sujeto a la frase anterior. Las facturas no llevarán una fecha anterior a la fecha de envío o cumplimiento completo, excepto cuando se acuerde por escrito.

10. Cantidades adicionales

Todos los términos y condiciones del presente documento se aplicarán en todos los aspectos a las cantidades o servicios adicionales pedidos por la Empresa, excepto en la medida cubierta por un nuevo contrato.

11. Cambios

La Empresa tendrá derecho a realizar, de vez en cuando y sin previo aviso a los fiadores o cesionarios, cambios en cuanto a embalaje, designaciones, especificaciones, diseños y plazos de entrega. El Vendedor notificará inmediatamente a la Empresa cualquier aumento o disminución de los costes causados por dichos cambios, y la Empresa y el Vendedor acordarán por escrito un ajuste equitativo de los precios u otras condiciones.

12. Cumplimiento de la ley

El Vendedor declara, garantiza y acuerda que todo el trabajo realizado y la Mercancía entregada de conformidad con este instrumento se realizará, fabricará, producirá, venderá, facturará, empaquetará, etiquetará, enviará y, si es necesario, registrará, de acuerdo con todas las leyes federales (incluida la Ley de Normas Laborales Justas de 1938 en su versión modificada), estatales y locales aplicables, y en todos los aspectos se ajustará a ellas. Con respecto a cada envío u otra entrega de la Mercancía realizada en lo sucesivo por el Vendedor a la Empresa, el Vendedor acepta, en la fecha de dicho envío o entrega, que dicha Mercancía, en dicha fecha, no contiene una o más sustancias prohibidas, declarables o restringidas, no reveladas previamente a la empresa, mediante la Declaración de Sustancias Restringidas disponible aquí.

13. Normas del lugar de trabajo

El Vendedor certifica que ha leído y cumplirá los términos y condiciones establecidos en las Normas del lugar de trabajo de Wahl Clipper Corporation disponibles aquí. El Vendedor certifica además que ha implementado procedimientos en todos los procesos relacionados con el trabajo incorporados a la Mercancía para garantizar que cumple todos los requisitos relativos a la esclavitud y el tráfico de personas. El Vendedor conservará, mantendrá y pondrá a disposición de la inspección de la Empresa o de un tercero designado los registros que verifiquen el cumplimiento. El Vendedor entiende que su relación comercial con la Empresa se basa en el pleno cumplimiento por parte del Vendedor de los términos y condiciones establecidos en las Normas del lugar de trabajo de Wahl Clipper Corporation. El incumplimiento de los términos y condiciones establecidos puede dar lugar a la cancelación inmediata de todos los pedidos pendientes con el Vendedor y a la negativa de la Empresa a realizar cualquier negocio con el Vendedor.

14. Quiebra

En caso de cualquier procedimiento, voluntario o involuntario, de quiebra o insolvencia por o contra el Vendedor, o en caso de nombramiento, con o sin el consentimiento del Vendedor, de un cesionario en beneficio de los acreedores o de un administrador judicial, la Empresa tendrá derecho a cancelar cualquier parte no cumplida de esta orden de compra sin responsabilidad alguna.

15. Título de los Planos y Especificaciones

La Empresa tendrá en todo momento la titularidad de todos los planos y especificaciones facilitados por la Empresa al Vendedor y destinados a ser utilizados en relación con esta orden de compra. Dichos planos son confidenciales y contienen información sujeta a derechos de propiedad. El Vendedor utilizará dichos dibujos y especificaciones únicamente en relación con esta orden de compra y no los revelará a ninguna persona, empresa o corporación que no sean empleados, subcontratistas o inspectores gubernamentales de la Empresa o del Vendedor. A petición de la Empresa, el Vendedor devolverá sin demora todos los dibujos y especificaciones a la Empresa.

16. Control de calidad

El Vendedor mantendrá un programa de control de calidad adecuado y coherente para garantizar que la Mercancía cumpla las especificaciones en cuanto a aspecto, rendimiento y fiabilidad. El Vendedor facilitará a la Empresa los resultados de los muestreos de control de calidad.

17. Desactivar

La Empresa podrá compensar una cantidad pagadera en cualquier momento con respecto a la Mercancía con todas las deudas presentes y futuras del Vendedor con la Empresa derivadas de ésta o de cualquier otra transacción (esté o no relacionada con la presente). Además, todos los costes, pérdidas de beneficios y gastos incurridos por la Empresa debido a violaciones o incumplimiento por parte del Vendedor de cualquiera o todas las disposiciones establecidas en el presente documento, incluidos, entre otros, los requisitos de seguro e indemnización, podrán ser imputados al Vendedor y éste acepta expresamente reembolsar a la Empresa. El Vendedor acepta además que el Vendedor podrá deducir dichos costes, lucro cesante y gastos de cualquier suma que la Empresa le adeude posteriormente.

18. Anulación con causa

La Empresa se reserva el derecho a cancelar, sin responsabilidad alguna, cualquiera o todos los contratos o pedidos que cubran la Mercancía si el Vendedor no envía la Mercancía de la forma o en el plazo especificados en el presente documento o en el mismo, o si se alega por parte de terceros que la Mercancía fabricada, producida, vendida, facturada, empaquetada, etiquetada o enviada infringe cualquier ley, ordenanza, orden administrativa, norma o reglamento, o viola cualquiera de las garantías del Vendedor, ya sean expresas o implícitas, o si el Vendedor incumple cualquier disposición material de este instrumento. Dicha cancelación se producirá sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que la Empresa pueda tener por razón de dicho incumplimiento. Si el Vendedor se declara insolvente, presenta una petición de quiebra o inicia o ha iniciado contra él un procedimiento relativo a quiebra, administración judicial, reorganización o cesión en beneficio de los acreedores, la Empresa podrá rescindir este pedido mediante notificación por escrito al Vendedor.

19. Cancelación por cualquier motivo

En caso de cancelación por parte de la Empresa del contrato o pedidos que cubren la Mercancía por cualquier motivo distinto de los especificados en los Párrafos 12 y 16 del presente documento, la responsabilidad de la Empresa, si la hubiera, se limitará, en la medida en que no se haya pagado, (a) al precio especificado en el presente documento por la Mercancía que haya sido aceptada en la fecha de cancelación por la Empresa y que se ajuste a este instrumento, y (b) los costes reales (excluidos los beneficios) en los que razonablemente haya incurrido el Vendedor para producir la Mercancía no cubierta por el subapartado (a) anterior, pero en ningún caso la responsabilidad de la Empresa en virtud de este párrafo 17 superará el precio total especificado en este instrumento para la Mercancía.

20. Acuerdo completo

Este instrumento en el momento de la aceptación sustituye a todos los acuerdos anteriores, si los hubiera, entre las partes, y constituye el único y completo contrato entre ellas con respecto a la Mercancía, y ningún cambio, enmienda o modificación de los términos y condiciones aquí establecidos será efectivo a menos que se haga por escrito y esté firmado por ambas partes.

21. Divisibilidad

Si alguna disposición de este instrumento y de cualquier acuerdo resultante del mismo es inaplicable o inválida, el instrumento o acuerdo será ineficaz sólo en la medida de dicha disposición y la inaplicabilidad o invalidez de las disposiciones restantes no se verá afectada por ello.

22. Asignación

El presente instrumento y cualquier acuerdo resultante del mismo no podrán ser cedidos por el Vendedor, ni total ni parcialmente, salvo, por imperativo legal o de otro tipo, con el consentimiento por escrito de la Empresa. El Vendedor no delegará ninguna obligación ni cederá ningún derecho o reclamación en virtud de esta orden de compra, o incumplimiento de la misma, sin el consentimiento previo por escrito de la Empresa, y cualquier intento de delegación o cesión será nulo.

23. General

Los títulos de los párrafos son sólo por comodidad y no se tendrán en cuenta a la hora de interpretar o interpretar este instrumento.

24. Ley aplicable y jurisdicción, disputa entre la empresa y el vendedor nacional

Este pedido y cualquier acuerdo resultante del mismo se interpretarán y los derechos y responsabilidades de las partes se determinarán de acuerdo con las leyes del Estado de Illinois. Como parte de la contraprestación por la ejecución del presente documento por parte del Vendedor, por la presente se acuerda que todas las acciones y procedimientos entre la Empresa y un Vendedor Nacional que surjan directa o indirectamente del presente documento se determinarán mediante arbitraje administrado por la Asociación Americana de Arbitraje de acuerdo con sus Normas Comerciales. Habrá un árbitro y el lugar del arbitraje será el Condado de Whiteside, Illinois, EE.UU.. La sentencia sobre el laudo emitido por el árbitro podrá ser dictada por cualquier tribunal competente.

25. Ley aplicable y jurisdicción, disputa entre la empresa y el vendedor extranjero

Este pedido y cualquier acuerdo resultante del mismo se interpretarán y los derechos y responsabilidades de las partes se determinarán de acuerdo con las leyes del Estado de Illinois. Como parte de la contraprestación por la ejecución del presente documento por parte del Vendedor, se acuerda por la presente que todas las acciones y procedimientos entre la Empresa y un Vendedor Extranjero que surjan directa o indirectamente del presente documento se determinarán mediante arbitraje administrado por el Centro Internacional de Resolución de Disputas de acuerdo con su Reglamento de Arbitraje Internacional. Habrá un árbitro y el lugar del arbitraje será el Condado de Whiteside, Illinois, EE.UU. El Vendedor y la Empresa excluyen por la presente la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías Tienda a estos términos y condiciones y a todas las transacciones que tengan lugar en virtud de los mismos, a menos que se acuerde expresamente lo contrario por escrito. 

26. Acuse de recibo

Cuando este documento reconozca un pedido de la Empresa para la Mercancía, este reconocimiento contiene el acuerdo final, completo y exclusivo entre la Empresa y el Vendedor. La aceptación por parte de la Empresa de la oferta del Vendedor está expresamente condicionada a la aceptación por escrito de todos los términos y condiciones establecidos en el presente documento por parte del representante autorizado del Vendedor.

27. Fichas de datos de seguridad actuales

El Vendedor proporcionará Hojas de Datos de Seguridad de Materiales actualizadas cuando proceda y según lo exija la ley. Cada año natural, el Vendedor proporcionará un certificado de origen global para toda la Mercancía vendida a la Empresa. Si el Vendedor no puede proporcionar un certificado de origen global, deberá presentar un certificado en un plazo de cinco días a partir de la aceptación del pedido de compra de la Empresa. Los certificados de origen especificarán el número de pieza aplicable.

28. Requisito de igualdad

Las piezas, componentes y materiales suministrados a la Empresa serán uniformes. Es decir, no habrá ningún cambio en el diseño que afecte a la forma, ajuste, acabado, funcionalidad o partes útiles del artículo suministrado. Un cambio de diseño es cualquier cambio en los materiales o en las características de los materiales, así como cualquier cambio dimensional. El Vendedor notificará por escrito a la Empresa todos estos cambios al menos 30 días laborables antes de su aplicación, a menos que la Empresa especifique lo contrario.

29. Lugar de fabricación

El Vendedor notificará por escrito a la Empresa cualquier cambio en su lugar de fabricación al menos 60 días antes de su implementación.

30. No renuncia

La falta de insistencia en el cumplimiento estricto no constituye una renuncia a ningún término o incumplimiento por parte del Vendedor.

31. Recursos acumulativos

Los derechos y recursos en virtud de esta orden son acumulativos y se suman y no sustituyen a cualesquiera otros derechos y recursos disponibles en derecho o en equidad.